sábado, septiembre 09, 2006

El Centralismo Educacional del Siglo XXI

JJ. Brunner en una columna del Mercurio dominical del 3 de septiembre descarta y por lo tanto rechaza el “centralismo educacional” con argumentos falaces o estadísticamente demagógicos. En este sentido, aunque el tema del que trata resulta no solamente interesante de discutir y debatir, sino relevante, en el contexto de la movilización de los pingüinos, la de los profesores, la comisión de educación, y la reformulación de la LOCE, no genera empatías dado precisamente la elaboración argumentativamente forzada que el autor realiza, y que lo llevan a conclusiones intelectuales poco consistentes.
En efecto, es interesante debatir y zanjar la idea de si el Estado a nivel central (gobierno, ministerio) fue, es y sea, la instancia óptima para administrar el sistema escolar, y por lo mismo el que, bajo esta definición, fue, es y sea posible asegurar una “provisión inclusiva e igualitaria de las oportunidades educacionales”. Sin embargo, es demagógico descontextualizar históricamente afirmaciones evaluativas como las de la Amanda Labarca sobre los resultados de la aplicación de políticas públicas educacionales del Chile de los años 30, cuando recién se estaba apostando a construir un Estado del tipo Welfare State, o Estado de Bienestar, y por cierto no existían desde los comandos políticos centrales los suficientes mecanismos de regulación, fiscalización o apoyo técnico dada nuestra accidentada geografía para verificar: la deserción, el ausentismo, sobretodo de los sectores rurales. No existía la infraestructura ni siquiera en términos de rutas y caminos, ni la dotación en términos de servicio público que permitiera y garantizara precisamente el acceso a la educación, mucho menos la calidad cuando recién se creaba la Escuela Normal de Profesores y el aspecto “nacional” y de “soberanía” en términos de redes era débil.
Es hacia esta demanda que apuntaba precisamente Amanda Labarca con su evaluación, es decir hacia la generación de más Estado de Bienestar, y no al revés como es lo que ideológicamente intenciona JJ. Brunner. Con el agregado de que la situación histórica analizada no es comparable a la situación actual, en la cual se trata precisamente de definir cual será el rol del Estado en esta materia, después del desmantelamiento del que fuera objeto producto de las políticas liberales de los años 80 bajo el régimen de Augusto Pinochet. O si se prefiere, después de la “privatización” de la educación pública y gratuita en todos sus niveles.
Es cierto, y en eso JJ. Brunner acumula una razón histórica que el problema educacional es un arrastre de todo el siglo XX, incluso advierte que desde el siglo XIX ha sido materia de variados aportes intelectuales, sin embargo, nuevamente para referirse a la situación actual y para hacer una defensa de la necesidad, ahora si, de la “descentralización de las decisiones” semantiza la demanda de garantía de equidad educacional al Estado como un “malentendido histórico” y utiliza modelos comparativos de otros países como Nueva Zelanda, Japón, etc., que se asocian a modelos de gestión de las decisiones que no consideran el rol del Estado, o de un Ministerio centralizado en una región metropolitana. En este contexto por cierto no aclara, cuál sería el rol de las variadas instancias del Ministerio a nivel de las regiones, y si de lo que se trata entonces es de generar estas instancias en las regiones, y/o en las comunas.
¿De qué enmascaramiento actual de las realidades históricas se trata? Es decir, camufladamente entrega solamente datos que aportan en la línea de promover la descentralización, una descentralización de un Estado que no tendría ya más una función educativa fuerte, sostenida y de garantía; aunque no explicita el interés racional instrumental en orden a la eficiencia que podría llevar a un Estado como Chile, a propiciar la generación de instancias descentralizadas del poder central metropolitano del Ministerio por ejemplo. Y con ello, por cierto el Estado vía ministerio mantendría su condición de velar porque el bien educativo sea equitativo en acceso y calidad.
Finalmente, bajo el raciocinio de JJ.Brunner queda ambiguamente definida y asociada la discusión “centralización” (descentralización) de la toma de decisiones por una parte, a la participación, rol económico y financiero de los agentes privados en el sistema de educación por otra. En orden a dilucidar sobre estas materias es interesante relevar el estudio del sistema escolar del British Columbia de Canadá que es opuesto a los considerados en el artículo.
Y en relación solamente con Holanda, es conveniente recalcar que este sistema educacional es financiado por el Estado totalmente hasta los 16 años de edad, y aunque es mayoritariamente administrado por particulares estos se deben reglar no solamente por las inspecciones educacionales en tanto dependencias del Ministerio, sino por las respectivas administraciones municipales, direcciones escolares, consejos de participación en muchas materias y criterios que en Chile han quedado bajo el alero del “deus dara mercado”. Esto es como decir, que la creación de agencias evaluadoras “independientes” o “semi-independientes” (descentralizadas) no garantiza el que la educación, cualquiera sea su nivel, no termine siendo sometida al “negocio” de la compra y venta de licencias, títulos profesionales, programas de estudios o carreras. O malos manejos financieros.
Ahora en lo que respecta a Nueva Zelanda, JJ. Brunner no señala que son las “escuelas integradas”. Y pareciera ser que las asimila a las particulares subvencionadas o particulares, sin especificar el rol y tutela del Estado y del Ministerio de Educación en ellas. Lo mismo ocurre con Suecia y los otros países citados como ejemplos comparativos en los cuales por cierto hasta hace muy poco tiempo (1990) el rol y la acción del Estado en esta materia eran fuertes y sigue siendo fuerte aunque sea a nivel local o comunal.

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